Colombia

De Proterritorios_prueba

En 1991, tras un importante proceso constituyente, Colombia se declaró como Estado Social de Derecho, unitario, centralizado políticamente y con un importante nivel de descentralización administrativa. Territorialmente se divide en 32 departamentos y cuenta con 1120 municipios. Adicionalmente existe una figura territorial especial para los territorios indígenas.

En relación a su institucionalidad territorial, se pueden mencionar dos Ministerios y dos Entidades Adscritas a ellos. El Ministerio de Agricultura y el Instituto Colombiano de Desarrollo RuralINCODER- adscrito a éste primero, y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial cuya principal entidad adscrita para temas territoriales es el Centro de Estudios de la Construcción y el Desarrollo Urbano y Regional.

Contenido

Institucionalidad y competencias territoriales

A la Nación le competen tareas de administración pública, administración de justicia, sanción de leyes y diseño y ejecución de políticas de Estado. Los demás niveles territoriales tienen competencia en los procesos de planeación, presupuestos consensuados o programáticos, información, organización, recursos humanos, control y evaluación de acuerdo al tipo de entidad y nivel en la estructura de los territorios

En cuánto a la estructura institucional que soporta la gestión territorial, le competen al Ministerio de Agricultura la función de coordinar, formular y evaluar políticas públicas para el desarrollo económico competitivo, equitativo, así como el desarrollo sostenible de los procesos agropecuarios, forestales y pesqueros del espacio rural, al igual que la política de desarrollo rural para el país; y al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la formulación, adopción e instrumentación técnica y normativa de políticas bajo los principios de participación e integralidad de la gestión pública. Por su parte el INCODER es el encargado de ejecutar políticas e iniciativas de desarrollo rural, y el Centro de Estudios de la Construcción y el Desarrollo Urbano y Regional de ejecutar actividades de soporte técnico sobre aspectos como usos del suelo, ordenamiento ambiental y desarrollo regional y urbano

Marco Estructural



Dentro de los elementos para la gestión territorial, Colombia posee un marco estructural determinado por un sistema fiscal con amplios procesos de descentralización administrativa y una importante normativa en materia de planeación territorial

Marco Fiscal

El sistema tributario Colombiano contempla impuestos determinados por la actividad de acuerdo a los diferentes niveles territoriales (nacionales, departamentales o municipales). Los principales impuestos de carácter nacional son el impuesto sobre la renta, el impuesto de valor agregado –IVA- y el impuesto de timbre nacional. Dentro de los impuestos departamentales se cuentan el impuesto a ganadores de lotería, a las loterías foráneas, al consumo de cervezas, sifones y refajos, el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, impuesto al consumo de cigarrillos, al consumo de gasolina, al degüello de ganado mayor, el impuesto de registro y el impuesto sobre vehículos automotores.

Para los impuestos distritales o departamentales se fijan pautas a partir de la Ley No. 14 de 1983, de fortalecimiento de los fiscos municipales, dónde se establecen impuestos de industria y comercio y el impuesto predial como fuente de ingresos para las entidades territoriales. Dentro de la Ley de Fortalecimiento de los Fiscos Municipales se aclara la posibilidad de adquirir créditos como parte de la estrategia para contar con ingresos para la gestión pública local. Adicionalmente, los municipios y Territorios locales cuentan con la expedición de la Ley No. 715 de 2001 sobre el Sistema General de Participaciones que determina las características y condiciones de las transferencias de recursos de la Nación a las entidades territoriales.

El Sistema General de Participaciones se rige por el Art. 357 de la Constitución Nacional, que determina la Participación de los municipios de los ingresos corrientes de la Nación. La ley, a iniciativa del Gobierno, determina el porcentaje mínimo de esa Participación y define las áreas prioritarias de inversión social que se financiarán con dichos recursos. Adicionalmente la ley determina los resguardos indígenas que serán considerados como municipios. La ley precisa también la distribución de los recursos de esta participación, al igual que los alcances, criterios de distribución y dispone que un porcentaje de estos ingresos se invierta en las zonas rurales. El artículo de la Constitución determina que cada cinco años la ley, a iniciativa del Congreso, pueda revisar estos porcentajes.

De acuerdo a la Constitución nacional la Participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación se incrementará, año por año, por ley. El Art. 357 menciona que el sistema general de transferencias parte del 14% en 1993 hasta alcanzar el 22% como mínimo en el 2002. La ley define también las responsabilidades que en materia de inversión social asumen los municipios y las condiciones para su cumplimiento.

Marco de Planeación

Los mecanismos de planeación territorial están en cabeza del Departamento Nacional de Planeación –DNP-, entidad eminentemente técnica que impulsa la implantación de una visión estratégica del país en los campos social, económico y ambiental, a través del diseño, la orientación y evaluación de políticas sectoriales, el manejo y asignación de la inversión pública y la concreción de las mismas en planes, programas y proyectos territoriales.

Para ello, se rige por una serie de normativas dependiendo de los aspectos a tratar en el marco de planeación del país. Entre las leyes más significativas vale mencionar:

  • Decreto 03517 de 2009 Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.
  • Ley 152 de 1994 Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.
  • Ley 1151 de 2007 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.
  • Ley 715 de 2001 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Modificada por la Ley 756 de 2002
  • Ley 790 de 2002 Por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovación de la administración pública y se otorgan unas facultades extraordinarias al Presidente de la República.
  • Ley 141 de 1994 Por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones. Modificada en relación a los criterios de distribución por la Ley756 de 2002

Políticas Básicas

Surgen en el desarrollo de la gestión territorial una serie puntual de políticas territoriales que apuntan a la planeación territorial y a establecer proyectos territoriales al igual que suscribir acuerdos territoriales entre los miembros de las comunidades locales y los demás niveles.

Ordenamiento Territorial

El concepto de Ordenamiento territorial manejado en Colombia tiene que ver, por una parte, con la organización político administrativa que adopta el Estado para gobernar las diversas territorialidades surgidas de la evolución económica, social, política y cultural del país y, por otra, con los cambios en la ocupación física del Territorio, como resultado de la acción humana y de la misma naturaleza. Ambos elementos son vistos como interdependientes y están orientados a lograr una sociedad más productiva, justa socialmente y sostenible ambientalmente.

La Constitución de 1991 reconoce como entidades territoriales a los departamentos, los distritos, los municipios y los Territorios indígenas. Así mismo, posibilita la creación de regiones y provincias como entidades territoriales y la conformación de figuras asociativas para la promoción del desarrollo. Estos temas, han sido objeto de debate y de diversos proyectos de ley de Ordenamiento territorial - LOOT. En el marco de políticas públicas de Ordenamiento territorial, Colombia adelantó un extenso proceso de proyectos de Ley para la sanción de la Ley Orgánica de Ordenamiento territorial, siguiendo el mandato de la Constitución en su artículo No. 151 en el que “establece que se expedirá una Ley Orgánica relativa a la asignación de competencias normativas a las entidades territoriales”.

El 30 de mayo de 2011 el Senado aprobó en último debate la Ley de ordenamiento territorial quedando pendiente, hasta el momento, la sanción presidencial para hacerla efectiva. Esta Ley establece las normas orgánicas para el ordenamiento territorial, enmarca el ejercicio de la actividad legislativa, determina los principios rectores del ordenamiento y define el marco institucional para el desarrollo territorial del país.

Igualmente, la iniciativa permite la distribución de las competencias entre la Nación y las entidades territoriales y otorga las reglas de juego normativas para la organización territorial. Crea además los Fondos de Inversión Regional y también las zonas especiales. La ley también avanza en el tema de las áreas metropolitanas y de asociaciones de municipios.

Ordenamiento ambiental

El Ordenamiento ambiental del país está en cabeza del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial , de manera general y del Sistema de Información Ambiental –SIAC-, de manera particular. La SIAC es el conjunto integrado de actores, políticas, procesos, y tecnologías involucrados en la gestión ambiental del país, para facilitar la generación de conocimiento, la toma de decisiones, la educación y la Participación social para el Desarrollo sostenible.

El principal objetivo del Ministerio es contribuir y promover el Desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de políticas públicas, planes, programas, proyectos y regulación en materia ambiental, recursos naturales renovables, usos del suelo, Ordenamiento territorial, agua potable y saneamiento básico y ambiental, Desarrollo Territorial y urbano, así como en materia habitacional integral.

Existe un marco general de concertación interinstitucional, intersectorial e interdisciplinario liderado por el Ministerio que cuenta con la Participación de diversos Institutos de Investigación Ambiental, tales como: el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales –IDEAM-, el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt –IavH-, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras –INVEMAR-, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas –SINCHI- y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico –IIAP.

En el ámbito regional aparecen las Corporaciones Autónomas Regionales –CAR, entes corporativos de carácter público, creados por Ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargadas por la Ley de administrar dentro del área de jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su Desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Las principales estrategias ambientales están orientadas por el componente de gestión ambiental para el Desarrollo sostenible del Plan de Desarrollo Nacional y son ejecutadas por el Ministerio. Entre ellas cabe mencionar:

  • Planificación ambiental en la Gestión Territorial
  • Conocimiento, conservación y uso sostenible de la biodiversidad
  • Promoción de procesos productivos competitivos y sostenibles
  • Prevención y control de la degradación ambiental
  • Fortalecimiento del SINA para la gobernabilidad ambiental



En el marco del Ordenamiento ambiental se menciona también el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que concentra el conjunto de áreas protegidas, actores sociales e institucionales y las estrategias e instrumentos de gestión territorial que las articulan, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos de conservación del país. Incluye todas las áreas protegidas de gobernanza pública, privada o comunitaria, y del ámbito de gestión nacional, regional o local. Los objetivos generales de conservación del país apuntan a asegurar la continuidad y articulación de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica, garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano, y garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.

Desarrollo Regional y Local

Existe dentro del Plan Nacional de Desarrollo un importante componente de convergencia y desarrollo regional y urbano, que condensa las propuestas y estrategias para el manejo del desarrollo regional y local. Se parte de reconocer las diferencias regionales como marco de referencia para formular políticas públicas y programas acordes con las características y capacidades de cada región, teniendo en cuenta las particularidades de sus diversos grupos poblacionales. En el sentido de la diversidad regional, natural y medio ambiental, el ordenamiento físico-espacial, las particularidades geográficas, geológicas y los variados climas se determinan la ocurrencia de diferentes eventos naturales que afectan la vida humana, el desarrollo económico y el desarrollo regional y urbano.

Los principales lineamientos estratégicos de política para el desarrollo regional y urbano responden a temáticas propias del mismo como crecimiento sostenible, desarrollo social e igualdad de oportunidades e institucionalidad y buen gobierno. Cabe resaltar iniciativas como la reactivación de macro proyectos urbanos de vivienda y gestión concertada entre Nación y Entidades Territoriales para generar empleo y oportunidades de acceso a la vivienda y servicios públicos, generación de incentivos al sector privado para que se constituyan corredores de transporte y comercio exterior, planificación y ordenamiento de los diferentes usos del suelo a través de la implementación de estrategias de reconversión para aumentar la productividad regional y proteger y restaurar los ecosistemas, adopción de medidas de mitigación o reducción del riesgo, promoción de eslabonamientos y desarrollo de clusters de alto valor agregado, en el marco de la estrategia de vivienda y ciudades amables y articulación subregional y regional de los planes de Ordenamiento territorial, entre otros proyectos.

Política de Desarrollo Rural

Institucionalidad

El desarrollo rural está coordinado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en particular por la Dirección de Desarrollo Rural cuyo principal objetivo apunta a la coordinación, a nivel institucional e interinstitucional, de la política de desarrollo rural. Sus principales funciones son: asistir al Viceministro en la coordinación de programas de organización y capacitación campesina, que propicien una mayor Participación de las comunidades rurales en los mismos niveles de decisión; coordinar con los Ministerios, el desarrollo de la infraestructura y los servicios sociales básicos en el espacio Rural tales como: educación, salud, vivienda, seguridad social y empleo; apoyar a las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, así como a las territoriales, en la promoción de la Participación de las comunidades rurales en las instancias de decisión del nivel municipal, departamental y nacional para la identificación, formulación y selección de planes, programas y proyectos de desarrollo rural, así como para la asignación de recursos en la ejecución de los mismos; participar en la formulación de la política pública que involucre la infraestructura y los servicios sociales complementarios del desarrollo integral de las comunidades rurales; actuar como interlocutor del Ministerio ante organizaciones rurales y campesinas para la formulación de planes y programas de desarrollo social con las comunidades; velar por el cumplimiento de las Políticas sociales en el sector rural, en los programas de inversión pública que adelanten las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio; y promover los programas a su cargo, buscando potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperación entre el Estado, la comunidad y el sector privado.

Adicionalmente al trabajo de la Dirección, existe el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –INCODER-, entidad oficial del orden nacional, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera. Su principal función es ejecutar la política agropecuaria y de desarrollo rural, facilitar el acceso a los factores productivos, fortalecer las entidades territoriales y sus comunidades y propiciar la Articulación de las acciones institucionales el espacio rural, bajo principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multifuncionalidad y Descentralización, para contribuir a mejorar la calidad de vida de los pobladores rurales y al desarrollo socioeconómico del país.

Legislación

Pese a no existir una Ley de Desarrollo Rural o legislación específica sobre el tema, existe un marco normativo de las acciones que orientan la institucionalidad en desarrollo rural:

  • Ley 135 de 1961: Sobre Reforma Social Agraria
  • Ley 20 de 1976: Por la cual se fomenta la vivienda rural
  • Ley 101 de 1993: Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero
  • Ley 160 de 1994: Por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras, se reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.
  • Ley 590 de 2000: Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa.
  • Ley 731 de 2002: Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales.
  • Ley 811 de 2003: por medio de la cual se modifica la ley 101 de 1993 se crean las organizaciones de cadenas en el sector agropecuario pesquero forestal acuícola las sociedades agrarias de transformación SAT.
  • Ley 1152 de 2007: Por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER-

Estrategias y Programas

La Dirección de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ejecuta 7 programas estratégicos en torno a diferentes temáticas constitutivas del desarrollo rural. De manera puntual, los programas se pueden resumir de la siguiente manera:

  • Vivienda de Interés Social Rural: dirigido a beneficiar familias campesinas marginadas, desplazados por la violencia, indígenas y afrocolombianos, a través de la asignación por una sola vez de un subsidio, con el fin de facilitarles una solución de vivienda en las modalidades de: mejoramiento y saneamiento básico, construcción o adquisición de vivienda nueva.
  • Mujer Rural: tiene por objeto mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, priorizando las de bajos recursos y consagra medidas especificas encaminadas a acelerar la equidad entre el hombre y la mujer rural.
  • Programa Tierras: Plan de choque para coordinar, conjuntamente con el INCODER, la adjudicación de tierras, titulación y procesos de extinción de dominio, entre otros.
  • Oportunidades Rurales: desarrolla instrumentos para combatir la pobreza, mediante el fortalecimiento de las capacidades empresariales de los pobladores rurales, mejorando sus habilidades para competir e integrar a los mercados sus microempresas rurales, y así aumentar el número de empleos, los ingresos y las propiedades de las familias de más bajos recursos. Se ejecuta en conjunto con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola –FIDA-
  • Alianzas Productivas: tiene por objeto identificar las posibles Alianzas Productivas (unión de por lo menos dos agentes de la economía; uno conformado por la organización de productores -pequeños campesinos- y un segundo participante de perfil empresarial). A las más prometedoras financiarles la fase de preinversión -Estudios de Factibilidad y las Evaluaciones de viabilidad financiera, ambiental y social-. Si resultan ser Alianzas con factibilidad en los campos anteriores, el Proyecto AAP puede apoyar financieramente la realización de la misma.
  • Atención a población rural desplazada: atención, consolidación y estabilización socioeconómica de la población en condición de desplazamiento que permanezca en la zona rural. Programa ejecutado por el INCODER.
  • Programa de Recuperación de Tierras PRORET: busca la recuperación de tierras pérdidas en situaciones de desplazamiento forzoso.

Los diferentes aspectos reseñados en el desarrollo de esta página fueron construidos a partir de la recopilación y análisis de fuentes secundarias y documentales, así como de una exhaustiva investigación en los sitios web oficiales de las instituciones que constituyen la gestión pública del país. Las referencias documentales se encuentran reseñadas en la biblioteca del sitio Proterritorios y en los vínculos determinados a lo largo del texto